martes, 18 de septiembre de 2012

¿Derecho "Vulgar"?



     El conocimiento "vulgar" del Derecho no es otra cosa que la percepción que tiene el ciudadano común y es lo que cada uno de nosotros quiere cambiar con el aprendizaje en el aula de clase.

      Quien haya tenido en sus manos un libro de psicología general, sin llegar a ser un experto en la materia, sabrá que existen en el ser humano el  conocimiento vulgar y el conocimiento científico.

     El conocimiento o saber “vulgar” de un objeto, ciencia o técnica, es el que tiene una persona sin la preparación especial y esta derivado de la experiencia misma de la vida. Saber que al día le sucede la noche, que el fuego quema, que el reloj indica la hora, o conocer un remedio “infalible" contra el dolor de estómago, son ejemplos del saber vulgar.

     El conocimiento jurídico “vulgar” entre otros aspectos, es el concepto del Derecho que tiene la generalidad de las personas y esta limitado a la ley, al decreto, a la ordenanza municipal, al reglamento de transito, al contrato, a la compra-venta, etc., y al carácter obligatorio de estas disposiciones legales. También se refiere al conocimiento de casos particulares ventilados y resueltos en los tribunales o en las notarias.

     Por otra parte, el conocimiento jurídico “científico” se podría aclarar mediante un ejemplo sencillo: una persona, por el hecho de haber celebrado un contrato de alquiler, sabe cómo se realiza, qué cláusulas contiene, etc., lo que configura un conocimiento vulgar. Pero, si sobre esa base nos remontamos al estudio del régimen jurídico de ese contrato en nuestras leyes, jurisprudencia, etc. y más aún, al análisis de los elementos de contenido de todo contrato, estaremos haciendo “Ciencia del Derecho”.

     Claro esta que las personas que dominan este tipo de derecho no son otra cosa que los estudiosos, los jurisconsultos, los profesores, los abogados y los doctrinarios de la materia.

     Lo digo porque la reflexión a la que me lleva todo esto es a preguntarme que tipo de abogado quiero ser ¿doctrinario o interpretativo?, interpretativo porque la interpretación jurídica (o Técnica Jurídica), es la que utilizamos para determinar el sentido y el alcance de las normas jurídicas, es la actividad intelectual encaminada al esclarecimiento del verdadero sentido de una Norma legal.

     Hago esta reflexión porque me doy cuenta que no todos los que estudiamos Derecho, perseguimos la misma meta o tenemos la misma finalidad.

     Habrá quien desea realizar el sueño de convertirse en abogado para darle un buen ejemplo a sus hijos, otros lo harán por la satisfacción personal de ver realizado un sueño, o una vieja aspiración., otros para mejorar su empleo, y otros más por vocación.

     Entiendo que la formula que lleva a la doctrina no es mas que el estudio y la reflexión del derecho, su origen, su filosofía; y su efecto o consecuencia en la sociedad.

     Tal vez algunos de nosotros elijamos la “Técnica Jurídica” y decidamos llevar a la práctica solamente lo aprendido en el aula de clases. No lo se., creo; porque así me lo han dicho los que considero buenos profesores y porque también lo he leído en algunos libros, que la mejor formula para ejercer el Derecho es el estudio.

     ".. Solamente el estudio del Derecho es lo que puede llevarnos a ser unos Abogados exitosos".


Comisario. Jesús A. Chuecos R.
Investigador Privado / Tec. Esp. Cs. Policiales.
Estudiante de Derecho.


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