"Lo más difícil no es cumplir el
deber, sino conocerlo."
(Louis de Bonald)
Al momento de estar
frente a un volante, ten siempre presente estas obligaciones de todo conductor:
1.- Tener tu Cédula de Identidad.
2.- Portar la Licencia de conducir vigente del grado correspondiente al vehículo que conduces. Pero, ¿cual es la
licencia correspondiente al vehículo al que conduzco? En artículos posteriores estaremos
hablando al respecto.
3.- Tener el Certificado médico de Salud integral vigente
4.- Portar el certificado psicológico
vigente (solos en los casos excepcionales previstos en el Reglamento de la Ley
de Transporte Terrestre).
5.- Tener el Certificado de circulación (Según lo dispone el artículo 158 del
Reglamento de la Ley de Transporte Terrestre).
6.- Conducir en óptimo estado de salud, físico y mental.
7.- Usar el Cinturón de seguridad y asegurarse que los demás ocupantes del
vehículo cumplan esta obligación (muy importante).
8.- No provocar ruidos contaminantes al ambiente (Por ejemplo: música a
alto volumen).
9.- Asegurarse de que los niños o niñas menores de 10 años de
edad ocupen los asientos traseros
del vehículo. Cuando se trate de niños pequeños deben ser transportados, en
todo caso, en asientos especiales para tal fin.
10.- Evitar utilizar los celulares al conducir, pues distrae la atención
y limita cualquier maniobra del vehículo (además de ser una de las principales
causas de accidentes).
Estas son algunas
de las obligaciones de todo conductor establecidas en La Ley de Transporte Terrestre
(según el artículo 73) y su Reglamento.
Abg. Daniel Sulbarán
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